HomeNoticiasOrganizaciones empresariales consideran ilegal convocatoria del Comité Nacional de Salarios

Organizaciones empresariales consideran ilegal convocatoria del Comité Nacional de Salarios

Organizaciones empresariales consideran ilegal convocatoria del Comité Nacional de Salarios

MIPYMES depositarán recurso de amparo contra el Ministerio de Trabajo y el Comité Nacional de Salarios.

Advierten que antes de discutir el reajuste del salario mínimo para los trabajadores del sector privado no sectorizado, se debe cumplir con la ley que dispone la Clasificación Empresarial.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Un conjunto de organizaciones empresariales advirtió que las discusiones sobre el reajuste del salario mínimo para los trabajadores del sector privado no sectorizado no debe llevarse a cabo sin antes cumplir el mandato de la Clasificación Empresarial, porque de lo contrario la convocatoria sería ilegal.

En esos términos se pronunciaron durante una rueda de prensa laAsociación Nacional de Empresas e Industrias Herrera  (ANEIH) y la  Federación de Asociaciones Industriales (FAI).

La Federación de Asociaciones Industriales (FAI), así como, otros representantes del sector MiPyMes  elevarán un recurso de amparo sobre el particular.

“Esa reunión carecería de legitimidad si se lleva a cabo, porque la misma debe ser hecha después que el Ministerio de trabajo y el Comité  Nacional de Salario cumplan y apliquen la clasificación empresarial de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (MIPYMES) establecida en la ley 187-17 que modifica la legislación  No. 488-08”, planteó el presidente de la ANEIH, Leonel Castellanos Duarte.

Las agrupaciones plantearon que, de acuerdo con la Ley 488-08, el Ministerio de Trabajo debe velar, de manera expresa, por la representación del sector privado (MIPYMES), en los espacios e instancias en que se formulan las políticas en materia laboral, a fin de tomar en cuenta las características especiales de las mismas al momento de las formulaciones salariales.

Ramón Porfirio Báez, presidente de la FAI,dijo que el Ministerio de Trabajo duró más de 10 años violando la Ley 488-08 y 2 años infringiendo la Ley 187-17, al incumplir con la clasificación empresarial. “Hemos visitado decenas de veces el Ministerio de trabajo y hemos dirigido decenas de comunicaciones reclamando el incumplimiento de la Ley y la clasificación, sin recibir ninguna respuesta”, subrayó.

El abogado Flavio Rondón, quien emprenderá las acciones legales a favor de la clasificación empresarial, definió como grave el comportamiento del Ministerio de trabajo y del Comité Nacional de Salario al negarse por más de 10 años a respetar y cumplir la ley en la materia indicada.

Sugirió al Comité  Nacional de salarios dejar sin efecto la convocatoria hecha para el 21 de este mes para iniciar las discusiones sobre el salario, hasta tanto no se cumpla con el mandato de la Ley 187-17 y la Clasificación Empresarial contenida en la misma.